Próxima entrada de La Imprenta de Benjamín, jueves
16 de agosto.
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Aquí está la segunda y última
parte del artículo, incluyendo las Notas:
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Uno de los elementos simbólicos
cruciales se halla en la idea de que el juramento debe ser tan duradero como la
piedra, lo que toma un significado particular en una cultura en la cual ciertas
piedras juegan un rol de garante, de manifestación de lo sagrado en lazo
directo con lo numinoso.
Numerosas son las culturas que
tienen una estatua o piedra en la cual se encarna el dios, o donde se
manifiesta la energía divina, y la piedra se convierte en aquello ante lo cual
se inclina y en la fuente de la
Palabra que pasa a ser como un cable, una ligadura, el hombre
y su obligación.
Un buen ejemplo del rol de la
piedra garante estaba dado por el juramento en el propio Reino Unido de
soberanos que juraban sobre la
Piedra del Destino (31)
que era la de los reyes de Escocia e Inglaterra.
Además que el juramento y las
penalidades han jugado un rol importante en la historia de las relaciones de la FM y la Iglesia, cuando la FM se implantó en Francia,
numeroso juramentos contienen manifiestas penalidades físicas y ciertas
autoridades se han asombrado de la violencia contenida en esos textos ( 32).
¡Cómo sería de grande y amenazador
para los poderes, el secreto revelado para que su divulgación fuera protegida por
tales castigos!
Las penalidades constituyen una
perfecta ilustración de la perdida de sentido de ciertos elementos masónicos al
salir del Reino Unido hacia el continente y también una ilustración de las
reinterpretaciones y aculturaciones continentales que se fueron operando.
Las relaciones entre la Iglesia y la FM continental constituye muy
bien una de las ilustraciones del decalaje cultural en que el presente y el
pasado se han fusionado hasta hoy día.
Aunque no es el momento y lugar para
analizar precisamente la historia de las relaciones entre Iglesia y FM, por
otra parte, el análisis del lugar del juramento aporta un cierto
esclarecimiento sobre el punto.
Como se dijo antes, el juramento
crea una obligación y se convierte en objeto de una sanción que asegura su
cumplimiento y su fuerza.
Abandonemos aquí el juramento
masónico en stricto sensu, para
interesarnos en el contexto de los años 1720-1730 en Inglaterra (33), en especial en el pensamiento de
Desaguliers formalizado notablemente en los primeros artículos de las
Constituciones de Anderson.
Una de las teorias
explicativas (34) de las relaciones entre la Iglesia y la FM, enuncia que la FM de Desaguliers, hasta el 1723, estableció una
teoría jurídica que denotaba una emancipación del derecho natural y la
teología ( 35) pero también de la
doctrina teocrática. (36).
Para Pierre Boutin, “ el proyecto (de Desaguliers) pretendía
instaurar la soberanía de la confraternidad ( 37) (..-) los masones querían
fundamentar la idea de la exclusión de los asuntos religiosos del lugar de la
construcción jurídica libre de un individuo, creador y sujeto de derecho, un
individuo apto a encontrar su dignidad en la administración de asuntos
terrenales” (38)
El juramento y sus penalidades
relacionan a la FM
a ese movimiento de creación de un mundo de derecho separado (39)
La cuestión descansa en aquella
del origen de la Palabra
fundatriz, fundatriz del bien y del mal, fundatriz de símbolos y actos y de
signos de autoridad transmitida en su nombre.
Desaguliers era un presbiteriano
que entendía instituir un sistema de derecho en una sociedad secreta, derecho
aplicable a sus miembros, eventualmente sancionado por una justicia interior,
sociedad ella misma incluida en la sociedad global.
Las penalidades entonces podían
ser idénticas a las del castigo de un crimen de lesa majestad, la preeminencia
de un sistema de derecho sobre otro a causa de sus acciones internas y eso a
pesar de la afirmación de respeto a las reglas del Estado por parte de un
francmasón (40).
Esta teoría de la separación es abiertamente combatida por Patrick Negrier (41). Además, es cierto que se
reencuentra aquí ese decalaje cultural anacrónico evocado antes, los masones
ingleses no tienen hoy día la misma
percepción de las relaciones entre fe
institucional, francmasonería, derecho interno, derecho secular, juramento de
obligación.
Pero, por la parte que nos ocupa,
que es la fuerza de la inclusión de las penalidades en el juramento, importa
poco volver al fondo de ese debate.
Mas bien será crucial tener en
cuenta que Pierre Boutin es francés y con la visión continental de un pensador
anglosajón, es un teólogo, diplomado en derecho canónico y que se ubica en el
punto de vista del derecho canónico de la Iglesia católica romana.
Al respecto, proporciona los
elementos constitutivos del pensamiento católico contemporáneo acerca de la FM con cierta filigrana en el
rol histórico jugado por un juramento que contiene castigos físicos severos,
creador para sus detractores de un universo de derecho separado, podría decirse
de un mundo paralelo sometido a otra palabra fundatriz, que aquella de la Iglesia y la intermediación de
sus clérigos (42).
Hoy en día practicamos un rito
anglosajón profundamente impregnado de su cultura fundacional. El riesgo de no
comprender verdaderamente y de mostrarnos incapaces de franquear el Canal( de la Mancha)
cultural es grande para nosotros, francmasones continentales
Los castigos físicos constituyen
un excelente tema para comprender los escritos, la letra y el espíritu de ese
ritual para evitar la trampa de la extrapolación continental por una
interpretación fundada sobre una incomprensión cultural.
La trampa es tan grande como la
simple reproducción literal sin comprensión.
Integrar los fondos culturales
constituye por tanto la primera etapa de una síntesis que tienda a liberar, yo
no soy un FM inglés, para practicar mejor la síntesis que nos es personal.
¿Yo?, yo soy post moderno, y por
tanto esquizofrénico… como ellos, aun si algunos prefieren ignorarlo.
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(1) En
1960, y tal como en 1984, el debate estaba ligado a la aparición de obras de
anti masonismo: Walton Ana “ Darkness
Visible” ( Oscuridad visible), 1952 y Christian by degree ( cristiano por
grados) 1954.
(2)
Jack the ripper, the final solution ( Jack el destripador, la solución
final ) por Stephen Knight.
(3) Pero
este libro tuvo un suceso bastante menor en los Estados Unidos. El debate sobre
el lugar de las penalidades físicas ha sido el resultado y la consecuencia de
la decisión de la GLUI.
(4) Como
por ejemplo, la palabra Jabulon, palabra del Real Arco que hacía referencia al
nombre de un antiguo demonio.
(5) No
debe olvidarse que los magistrados ingleses tienen la obligación de declarar su
pertenencia a la francmasonería.
(6) Es
lo que da todo su sentido a los brindis ofrecidos en los ágapes: a los
soberanos y Jefes de Estado que protegen a la FM.
(7) Los
“ proceedings” de la GLUI de enero de 1964 y AQC
Num.77, 1964, pp.21-64 y la tenida de la
GL. de diciembre de 1964 durante la cual la moción del Obispo
Herbert, Gran Maestre provincial de Norfolk, fue adoptada por una muy grande
mayoría.
(8) Ars
Quatuor Coronatorum
(9) reemplazar
las palabras “ bajo la pena no menor por
la violación de alguno…” por las palabras “ manteniendo en mente la antigua penalidad por la violación de alguno..”-que
da aproximadamente dos artículos distintos: uno decía “ juro solemnemente observarlos sin reserva… bajo la pena si violase
alguno de tener…” reemplazado por: “ juro
solemnemente observar sin reservas… y conservar constantemente el espíritu de
la antigua penalidad que era el de tener…” y aún esa modificación no es
obligatoria sino facultativa y dejada a la apreciación de las logias. ( para
verificar)
(10) Ver
la transcripción de los debates de la Gran
Logia Unida de Inglaterra en Renaissance Tradionnelle num.
69, enero de 1987 y los artículos de Luthais Mc Intyre, sociológicamente
instructivos, y sobre todo a Colyn Dyer, Renaissance Traditionnelle num.66,
abril de 1986.
(11) Esto
daría lugar a la admisión de masones “ateos”.
Cómo dijo uno de los que intervinieron en el debate: para dar placer a los
feministas, ¿ deberían dejar entrar a las mujeres?.
(12) Uno
de los participantes en el debate, favorable a la reubicación de las
penalidades, explicó que en respuesta a las demandas de los masones mas jóvenes
acerca de ese punto el tenía la impresión de estar eliminando la creencia en
Papa Noel a los niños mas pequeños.
(13) Juramento
oficial del primer grado: “.. o bajo la
pena mas efectiva de ser considerado un individuo voluntariamente perjuro, de
ser estigmatizado como renuente a todo valor moral, totalmente indigno de ser
admitido es esta respetable logia o en toda otra logia legítima y aún en toda
reunión de hombres que estimen el honor y la virtud por encima de las
apariencias exteriores de rango y fortuna”.
En el
juramento de tercer grado, la mención de la pérdida del honor también está
presente y caracteriza al traidor como vil y digno de olvido.
(14) Los
debates, según lo transcripto por la Gran
Logia Unida de Inglaterra fueron amables, manifiestamente
todo se desarrolló entre masones de buena compañía preocupados por el respeto a
las reglas y al espíritu de sus modos de expresión. Pero la decisión inglesa
tuvo repercusiones sobre las otras Grandes Logia y especialmente en los Estados
Unidos donde en ciertas revistas se podría haber celebrado un debate un poco
mas vivo: en un intercambio de correos
masónicos entre intermediarios, uno de los espadachines, desfavorable a toda
modificación, aseguraba que se las verían aquí en conflicto con los antiguos,
tales como él mismo y los modernos tales como sus interlocutores, que
intentaban convertir a la masonería en otra cosa, que no sería reconocible por
los masones, una masonería “ para yuppies y puppies”. La respuesta vino en un
articulo posterior diciendo que tales argumentos “ eran una porquería”.
(15) ¿Habrá
que hablar de penalidades “ tradicionales”
o de penalidades “ antiguas”?
(16) Existía
un crimen por traición “ ( una traición importante)” ( muerte de un amo por su
servidor, de un hombre por su esposa, y las muertes por reto en una causa de
orden social , derecho de propiedad y jerarquía social), los hombres eran
colgados y las mujeres quemadas.
(17) El
término significa “ estirado” y las discusiones que existen entre hisoriadores
y lingüistas para saber si el término designaba la acción de estirar al
condenado ( por un caballo) o
eviscerado.
(18) En
4 piezas, cinco con la cabeza. De todas formas ese castigo solo concernían a
los hombres pues las mujeres eran quemadas por razones de decencia.
(19)
Newscastle ; Berwick, Stirling y
Perth.
(20) Court
of Admiralty ( Corte del Almirantazgo), de la época de Enrique VI. Ante la corte reunida se dirigía el almirante del
Humber ( desde 1451 por el Alcalde de Hull) en los siguientes términos:
« You masters of the
quest, if you or any of you, discover or disclose anything of the King's secret
couseul, or of you fellows (for the present you are admitted to be the King's counsellors)
you are to be and shall be, had down to the lower-water mark, where must be
made three times. O Yes! For the King and then and there this punischement,by
the law prescripted, shall be executed upon them : that is their hands and feet
bound, their throats cut, their tongues pulled out, and their bodies thrown
into the sea. »
citado en AQC ,volume 77, año 1964,
pagina 31.
(21) Puede encontrarse un paralelo con la muerte de Juana de Arco,
quemada por tres veces: el cardenal de Winchester había ordenado tres
cremaciones sucesivas. Después de la muerte por asfixia, los restos quemados
fueron calcinados por una nueva cremación, no restando mas que cenizas y
fragmentos de huesos. Esos fueron a continuación dispersados en el Sena a fin
de que no pudieran fabricarse reliquias.
Se creía que para poder ser
resucitado, el cuerpo debía estar entero.
(22)AQC,
Volumen 77, artículo “ The masonic
penalties”-Discusión p.37.
(23) Así, por ejemplo, el manuscrito
Dumfries Kilwinning de 1710 contiene 4 penalidades:
“ una cuerda… para colgarme si traicionara
mi confianza.
… el corazón será sacado en vida
… la cabeza cortada
….el cuerpo enterrado en la “bajamar” y no
en el sitio donde son sepultados los cristianos”.
(24) Y por lo tanto no cubiertos por el mismo landmak definido en
1929: “ 8) que los principios de los
Antiguos Landmarks, usos y costumbres de la Fraternidad sea
estrictamente observados”, que fue reformado en 1989: 7) debe adherir a los principios establecidos ( los Antiguos Landmarks)
y a las costumbres del Oficio e insistir para que sean observados en el seno de
sus logias”.
(25) En el manuscrito Harleian de 1670: “ yo… en presencia de Dios Todopoderoso, de mis pares Compañeros y de
mis hermanos, aquí presentes, prometo y declaro que en ningún momento en el
futuro, cualquiera sean los actos o circunstancias, no publicaré, revelaré o
divulgaré directa ni indirectamente, los secretos privilegios o consejos de la Fraternidad o Compañía
de masones libres, que en ese instante o en algun momento por venir, me sean
conocidos, que venga a mí la ayuda de Dios y el santo cotenido de ese libro”.
« I, …., doe in the
présence of the Almighty God and my fellows and my Brethren, here present,
promise and declare, that I will not at any time hereafter, by any Act or
circumstances
whatsoever, directly or indirectly, publish discover, reveale or make knowne
any of the secret, priviledges, or Cousells, of the fraternity or fellowship of
freemasonry ,
which at this time, or
any time hereafter, shalbee made knowne unto mee, soe helpe me God and the holy
contents of this book.
(26)
AQC Volume 77, article The masonic penalties - Discussion p 33.
(27) Pero el debate no ha hecho mas que comenzar para ciertas
Grandes Logias de la masonería anglosajona, tal como las americanas, ver por
ejemplo “ Masonic Bulletin of the Grand
Lodge of British Columbia and Yukon”, enero de 2004.
(28) La decisión de la Gran Logia
Unida de Inglaterra de enviar las penalidades a otra parte del ritual ha tenido
un asentimiento abrumador sobre su zona de influencia masónica y en las grandes
logias americanas, aunque otras lo mantuvieron como opción, tal como las
Grandes Logias de Escocia o Irlanda.
(29) Existe al menos una logia citada en los debates de AQC que no
practica el juramento sino una declaración sellada con un apretón de mano
(30) Al establecer un vínculo entre los individuos, participa de la
agregación al “ entre nosotros” y de
la distancia a “ los demás” y y aún
por la creación de un tiempo sagrado, de tiempo fuera del tiempo en cada tenida
y, en su seno, de cada grado.
(31) Conocida también bajo el nombre de Pierre de Scone, se supone ser la piedra utilizada por Jacob como
almohada. Era la piedra de coronación primero de los reyes escoceses y después
de los reyes del Reino Unido.
(32) “ El secreto de los
Francmasones, después de diciembre de 1737 era el secreto de Polichinela,
conocido no solo por la policía y el gobierno, sino también del público por la
divulgación de Herault, aunque es cierto que no revela los medios de
reconocimiento y la materialidad del ceremonial. Pero se explicaba mal que un
secreto tan infantil fuera protegido por un juramento solemne prestado sobre el
Evangelio y que su violación lo haría punible de los mas terribles castigos;
que todo permanecía en el ámbito teórico pero el público nada sabía” G:H:
Luquet “« La maçonnerie et l'État en
France au 18ème siècle ».
Ver también “ Los Archivos
secretos del vaticano y de la
Francmasonería”, Jose A. Ferrer Benimelli, pagina 69. Cita de
los États Généraux d'Amsterdam,
publicado el 30 de noviembre de 1735 “
Ellos ( los hermanos) se obligan de la manera mas rigurosa a guardar los
secretos …. –bajo la garantía de un juramento, que comprende penas muy duras
que ninguna persona puede instituir sino es la Autoridad Suprema”,
y página 76: “ una vez mas, ese fue el secreto y el juramento, que inquietaba a
las autoridades de Ginebra, que habían puesto bajo su cuidado los de Holanda”.
(33) y mas precisamente en las Constituciones de Anderson publicadas
en 1723 donde Théophile Désaguliers fue el redactor de los dos primeros
artículos.
(34) Patrick Boutin, « La
Franc-maçonnerie,
l'Église et la modernité ».
(35)
Et pour cet auteur, s’opérait aussi une exclusion aussidu droit civil ce qui
est remis en cause par Patrick Négrier. Cf Patrick Négrier « Art Royal et régularité dans la tradition de
1723 – 1730. »
(36) Ibid, Pagina 52. Solo la Iglesia y el Estado poseen
un derecho propio y las sociedades masónicas se encuentran fuera de ese canon y
del derecho civil, “ la autonomía de la institución masónica y la idea de un
individuo sujeto y creador de su propia dignidad (…) se fundan en la filosofía
natural y excluye cualquier recurso al derecho divino.”
(37) El proyecto ( de Désaguliers) pretendía instaurar la soberanía
de la confraternidad. Con la marginación del creador de los lugares de
legitimación del saber en la filosofía natural, los constitucionalistas masones
entendían fundar la idea de exclusión de los asuntos religiosos del lugar de la
construcción jurídica de un individuo de libre determinación, creador y sujeto
de derecho, un individuo apto para hallar su dignidad en la administración de
los asuntos terrenales.
(38) Ibid página 69 , además en las motivaciones de ese rechazo, es
fundamental incluir el lugar asignado a la Geometría y al rol de la experimentación
científica para el conocimiento del mundo. “
la experimentación y la exclusión de la teología de los lugares donde se forja
la legitimad del saber científico”, representaban un peligro identificado
de mucho antes por la Iglesia. Ibid.
Página 122.
(39) Ibid pagina 9. Al hacerlo se fundamentó el “ estatus separado de las relaciones
instauradas por la confraternidad con respecto a Dios y las Iglesias”.
Nota: separado de Dios en razón
de la posibilidad de no tener a un clérigo de intermediario.
(40) Es bueno recordar como prueba ciertos argumentos del debate
acerca de la mixticidad en el GODF, uno de los argumentos rechazando la entrada
de mujeres a nombre de las características específicas y del sistema de derecho
derogatorio propio de la francmasonería. También el rechazo de ciertos
francmasones a los litigios ante la jurisdicción civil constituye un signo d
esa construcción mental.
(41) para él, un masón no estaba separado de Dios, de la Iglesia o de las
instancias civiles, aún si se admite que se pueda hablar de una separación
entre masonería especulativa y las Iglesias “ porque Desaguliers presentaba la
religión natural como la base moral de los masones especulativos y que al no
tener ni ritos ni clérigos ni templo, la religión natural separa lógicamente a
los masones especulativos (…) enfrentando a las Iglesias conforme a eso que
Jesús de Nazareth decía acerca del carácter no ritualista, no mediatizado,
utópico, es decir no eclesiástico, de culto del espíritu y la verdad ( Jn
4, 24-24)
Patrick Negrier “ Art Royal et regularité”. Por otra parte Patrick Negrier
rechaza la idea de una emancipación entre filosofía natural y derecho divino.
(42). Y en consecuencia en
desacuerdo con la representación de la Iglesia en la Ciudad Perfecta de San Agustín.
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