(Próxima entrada de La Imprenta de Benjamín, el
jueves 27 de septiembre.
………………………………………………………………………….
En los 1740s, había un gran número de irlandeses en Londres, muchos de
los cuales habían sido hechos francmasones antes de dejar Irlanda. Por razones
que desconocemos, parece que tenían dificultad en lograr el ingreso a las
logias de Londres, así es que en 1751 un grupo de ellos formaron una Gran Logia
rival. Pretendían que la primer Gran Logia había introducido innovaciones y
apartado de los “ antiguos landmarks” bajo los cuales declaraban estar
trabajando “ de acuerdo a las antiguas instituciones y garantizados por el
príncipe Edwin de York, en el Año 926 DC. Por esa razón llegaron a ser
conocidos como la Gran Logia
de los Antiguos y se referían a la otra rival como a los “ Modernos”.
A pesar de sus diferencias, las dos Grandes Logias co- existieron
localmente y en el extranjero por cerca de 63 años, no reconociéndose una a la
otra o considerándose cada una como la única de francmasones “regulares”, pero
aún dentro de ellas había quienes estaban activos a la vez en las dos Grandes
Logias.
En 1809 las Grandes Logias rivales designaron comisiones para negociar
una unión aceptable. Las negociaciones duraron cuatro años y se completaron el
27 de diciembre de 1813 en una gran ceremonia celebrada en el Freemason´s Hall
de Londres, en la cual las dos se combinaron para formar la
Gran Logia Unida de Inglaterra con SAR el Duque de Sussex ( hijo menor del rey
George III) como Gran Maestre. Las
logias fuera de Londres fueron agrupadas en provincias, superpuestas a los
antiguos condados, y cada una gobernada por un Gran Maestre Provincial
designado a su vez por el Gran Maestre.
Publicamos aquí la mayoría de los artículos del Acta de Unión, dejando
fuera solo aquellos referidos a los aspectos económicos y de administración de
los fondos para caridad.
………………………………………………..
ARTICULOS
DEL ACTA DE UNIÓN ENTRE LAS DOS GRANDES LOGIAS DE FRANCMASONES DE INGLATERRA-
Noviembre 25, 1813
EN EL NOMBRE DE DIOS, AMEN
El Muy Respetable, Su Alteza Real
Príncipe Augustus Frederick, Duque de Sussex, Conde de Inverness, Baron Arklow,
Caballero Compañero de la Muy Noble
Orden de la Jarretera
y Gran Maestre de la Sociedad
de Libres y Aceptados Masones bajo la Constitución de Inglaterra, el Muy Respetable Waller Rodwell Wright, Gran
Maestre provincial de las Islas Jónicas, el Muy Respetable Arthur Tegart, Past
Gran Vigilante y el Muy Respetable James Deans, Past Gran Vigilante, de la
misma fraternidad; por sí mismos y a nombre de la
Gran Logia de la Sociedad de Francmasones
bajo la Constitución
de Inglaterra, estando debidamente constituidos y autorizados: - por la otra
parte, el Muy Respetable Su Alteza Real Príncipe
Edward, Duque de Kent, y Strathearn, Conde de Dublín, Caballero Compañero de la
Muy Noble Orden de la Jarretera y de la
Muy Ilustre Orden de San Patricio, Mariscal
de Campo de las fuerzas de Su Majestad, Gobernador de Gibraltar, Coronel del
Primer o Real Regimiento Escocés de Infantería y Gran Maestre de los Libres y
Aceptados Masones de Inglaterra según las Antiguas Instituciones; el Muy
Respetable Thomas Harpern, Diputado Gran Maestre, el Muy Respetable James
Perry, Past Diputado Gran Maestre y el Muy Respetable James Agar, Past Diputado
Gran Maestre, de la misma fraternidad, por sí mismos y a nombre de la
Gran Logia de los Francmasones de
Inglaterra, según las Antiguas Instituciones, estando debidamente constituidos
y autorizados, por otra parte,
HAN COINCIDIDO EN LO QUE SIGUE:
I.
Existirá desde y después del día
del Festival de San Juan el Evangelista siguiente y para siempre , una perfecta
y perpetua unión de y entre las dos Fraternidades de Libres y Aceptados Masones
de Inglaterra antes descriptas; así como en todo momento en adelante formarán y
no constituirán sino una Hermandad, y esa dicha comunidad será representada en
una Gran Logia, a ser solemnemente formada, constituida y mantenida en el
siguiente día del Festival de San Juan el Evangelista, en adelante y para
siempre.
II. Se declara y pronuncia que la
pura y Antigua Masonería consiste de tres grados y no mas; que son los de
Aprendiz Ingresado, Compañero de Oficio y Maestro Masón, incluyendo a la Suprema Orden del Santo Real
Arco, pero este artículo no está destinado a evitar alguna logia o capítulo por
mantener una reunión en alguna de las Ordenes de Caballería, según las
Constituciones de dichas Ordenes.
III.
Existirá las mas perfecta unidad
de obligación, de disciplina, de trabajo de las logias, de hacer, pasar y
exaltar, instruir y vestir a los hermanos. Así que solo un sistema puro,
incontaminado, según los landmarks genuinos y las tradiciones del Oficio,
deberá ser mantenido, confirmado y practicado en todo el mundo masónico, desde
el día y fecha de la Unión
hasta el fin de los tiempos.
Escudo y sello de la actual Gran Logia Unida
IV.
Para evitar toda controversia o disputa en las reglas y
formas de las puras y genuinas obligaciones y antiguas tradiciones de la
masonería, y además unir y atar a la fraternidad entera de masones, con un lazo indisoluble, coinciden en que las obligaciones y formas que
tienen desde tiempo inmemorial, serán establecidas, usadas y practicadas, en el Oficio, reconocidas, tomadas y
aceptadas por los miembros de ambas fraternidades como las puras y genuinas
obligaciones y formas por las cuales la incorporada Gran Logia de Inglaterra y
sus logias dependientes en cualquier parte del mundo, serán de obligación; y
con el propósito de recibir y comunicar la debida luz, y lograr uniformidad de
regulaciones e instrucción ( y en especial en asuntos que no pueden expresarse
ni describir por escrito), coincidiendo además que esta comunicación fraternal
sea hecha a las Grandes Logias de Escocia e Irlanda. para que autoricen y designen
dos o mas de sus esclarecidos miembros a
estar presentes en la Gran Asamblea
en la solemne ocasión de la
Unión de las dos dichas fraternidades. Y que los respectivos
Grandes Maestres, Grandes oficiales, Past Masters, Vigilantes y Hermanos, que
entonces estén presentes, sean solemnemente comprometidos a someterse por las
debidas formas y obligaciones( en especial en asuntos que no pueden ser
descriptos o expresados por escrito), en presencia de los antedichos miembros
de la Gran Logia
de Escocia e Irlanda, que pueda
declararse ser reconocidos y conocido que todos están unidos en el mismo
solemne compromiso y trabajan bajo la misma ley.
V.
Con el propósito de establecer y
asegurar esta perfecta uniformidad en todas las logias bajo patente y también
para preparar esta Gran Asamblea, y ubicar a todos los miembros en un nivel de
igualdad en el día de la Re-Unión,
se coincide en que tan pronto como
presenten la sanción de sus respectivas Grandes Logias, los dos Grandes
Maestres designaran cada uno nueve Maestros Masones expertos y confiables de
sus respectivas fraternidades, con mandato e instrucciones de reunirse en algún
sitio conveniente y central de Londres, donde cada parte abrirá en un
departamento separado, una logia justa y perfecta, de acuerdo a sus peculiares
regulaciones y darán y recibirán mutua y
recíprocamente las obligaciones de ambas fraternidades , decidiendo por sorteo
cuál tomará prioridad en dar y recibir las mismas; y estando así todo debida e
igualmente iluminado en ambas formas, y estarán de esa forma autorizados para o
bien para mantener una logia bajo patente o dispensa que les sea confiada, que
se titulará Logia de Reconciliación, o bien a visitar las diferentes logias
mantenidas bajo ambas Grandes Logias,
para el propósito de obligar, instruir y perfeccionar a los Maestros,
Past Masters, Vigilantes y Miembros en ambas formas, enviando un reporte a los
Grandes Secretarios de ambas Grandes Logias con los nombres de aquellos que
fueron de esa manera iluminados. Y los dichos Grandes Secretaríos quedan
autorizados para registrar los nombres de todos los miembros que han sido
re-hechos en el Registro de las Grandes Logias sin pago o recompensa y se
ordena que ninguna persona será de ese modo obligada y registrada a menos que el Maestro y Vigilantes de su
logia no certifiquen por escrito de su mano, que está libre en los libros de su
logia particular.
Así, en el dia de la Asamblea de ambas
fraternidades, los Grandes Oficiales, Maestros, Past-Masters, y Vigilantes, y
solamente los presentes, tomarán todos la obligación por la cual cada uno
quedará preparado para hacer el solemne compromiso de acatar en todo momento
eso por lo cual han reconocido ser la verdadera y universalmente aceptada
obligación del Maestro Masón.
VI.
Tan pronto como los Grandes
Maestres, Grandes Oficiales y Miembros de las dos presentes Grandes Logias, en
el día de la Re-Union
hayan hecho la solemne declaración en presencia de la diputación de las Grandes
o Esclarecidas Grandes Logias de Escocia e Irlanda, acatando y actuando por la
obligación universalmente reconocida del Maestro Masón, los miembros procederán
de inmediato a la elección de un Gran Maestre para el año siguiente, y para
prevenir alguna tardanza, el Hermano así electo tomará la obligación, pro-
tempore, para que la Gran Logia
pueda ser formada.
El susodicho Gran Maestre
entonces nominará y designará su Diputado Gran Maestre, junto con un Primer y
Segundo Vigilantes, Gran Secretario o Secretarios, Gran Tesorero, Gran Capellán, Gran Portador
de la Espada,
Gran Heraldo y Gran GuardaTemplo Externo, quienes serán debidamente obligados e
instalados, y la Gran Logia
Incorporada será así abierta en la debida forma, bajo el estilo y el título de
Gran Logia Unida de los Antiguos Francmasones de Inglaterra.
Los Grandes Oficiales que
desempeñaron sus oficios anteriormente( a menos que hubieran sido vueltos a
designar), tomaran sus lugares como Past Grandes Oficiales, en los respectivos
grados que ocuparon antes. Y en caso de que alguno o ambos de de los actuales Grandes
Secretarios, Heraldos, o GuardaTemplos no vuelvan a sus anteriores situaciones,
se les pagará por el resto de sus vidas, del Gran Tesoro.
Sello de la Gran Logia de los Modernos
VII.
La Gran Logia Unida de los Antiguos Francmasones de
Inglaterra estará compuesta, excepto en los días festivos, de la siguiente
manera, como justa y perfecta representante de toda la Fraternidad Masónica
de Inglaterra:
Gran Maestre
Past Grandes Maestres
Diputado Gran Maestre
Past Diputados Gran Maestre
Grandes Vigilantes
Grandes Maestres Provinciales
Gran Capellán
Gran Tesorero
Gran Secretario Adjunto o Gran
Secretario, si solo hay uno
Gran Portador de la Espada
Doce Grandes Stewards, a ser
designados por la Logis
de los Stewards, de entre los miembros existentes a la
Unión; entendiendo y coincidiendo en que desde y a partir de la Unión, se hará una
designación anual de los Stewards si
fuese necesario.
Los actuales Maestros y
Vigilantes de las logias con patente.
Los Past Masters de las logias,
que han servido regularmente y pasado por la Silla antes del día de la Unión, y que continúan sin
separarse regularmente , como miembros contribuyentes de una logia bajo patente.
Se entiende que de todos los
Maestros quienes, desde y después del dicho día de la Unión, deberán pasar
regularmente por la Silla
de sus respectivas logias, pero de a uno por vez, serán delegados por su logia,
y tener derecho a un asiento y votar en
la dicha Gran Logia, y después del deceso de todos los Past Masters regulares de alguna logia regular que hubieran alcanzado esa distinción al
tiempo de la Unión,
la representación de tal logia deberá ser por su actual Maestro, Vigilantes y
solo un Past Master.
Y todos los Grandes Oficiales en
las dichas respectivas Grandes Logias, mantendrán y retendrán su rango y
privilegios en la Gran Logia
Unida, como Past Grandes Oficiales,
incluyendo a los actuales Grandes Maestres Provinciales, Grandes
Tesoreros, Grandes Secretarios, y
Grandes Capellanes; en sus diversos grados, según el señorío de sus respectivas
designaciones; y cuando esas designaciones hayan sido contemporáneas, el
señorío se determinará por sorteo.
En todos los demás respectos, lo
anterior será el orden de precedencia en el futuro, con esta expresa provisión:
que ningún Gran Maestre Provincial en lo sucesivo ,pueda ser nominado o
designado para tener un asiento en la Gran
Logia, después de retirarse de su sitio a menos que hubiera
descargado sus deberes durante cinco años completos.
VIII.
Los representantes de las
distintas logias tomarán su asiento bajo sus respectivos estandartes de acuerdo
a su señorío.
Las dos primeras logias bajo cada
Gran Logia irán a sorteo para su prioridad en primer lugar. Y si en ese sorteo
una reciba el numero 1, la otra recibirá el numero 2.
Y para todas las demás logias los
números caerán alternativamente, o sea que si
la logia que es la numero 2 de la Fraternidad y
cuyo sorteo dio el numero 1,
tendrá el rango de número 3 en la Gran
Logia Unida y la otra número 2 tendrá el número 4 en la
Gran Logia Unida y así para todas las
logias, alternativamente a través de todos los respectivos números.
Y este será para siempre el
orden y rango de las logias en la
Gran Logia y en las procesiones, por lo
cual se preparará un plan y diseño previo a la Unión.
En la reactivación de logias
ahora durmientes, deberán tomar su rango después de todas las logias existentes
en la Unión, no
importa con que número respectivo estuviesen registradas.
Sello de la Gran Logia de los Antiguos
IX.
Una vez constituida la
Gran Logia Unida, la primera acción después
de una solemne plegaria, será la de leer y proclamar el acta de Unión,
previamente ejecutada y sellada con los grandes sellos de las dos Grandes
Logias, después de lo cual esto deberá ser solemnemente aceptado por los
miembros presentes.
Deberá designarse entonces un día
para la instalación del Gran Maestre y los demás Grandes Oficiales con la
debida solemnidad. Ocasión en que el Gran Maestre deberá en logia abierta, , y
con su propia mano, aplicar el nuevo gran sello a dicho instrumento que será
depositado en los archivos de la Gran Logia
Unida y será desde entonces el lazo de
unión entre los masones de la Gran Logia
de Inglaterra y sus logias dependientes hasta el fin de los tiempos.
El dicho gran sello será
fabricado para la ocasión, y compuesto de los dos sellos usados ahora, después
de lo cual esos dos Grandes sellos serán rotos y descartados, y el nuevo sello será el único a usar en las
patentes, certificados y otros documentos que puedan ser emitidos en adelante.
X.
La regalía de los Grandes
Oficiales será, en adición a los guantes
blancos , mandil y las respectivas joyas o emblemas de distinción, azul jarretera (garter blue) y oro; y deberán llevarlo todos los Grandes
Oficiales presentes y pasados.
XI.
En cada año se mantendrán cuatro
Grandes Logias representando al Oficio
para comunicación trimestral, el primer miércoles de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, y para cada
una de esas ocasiones, los Maestros y Vigilantes de las logias bajo patente
harán llegar a manos del Gran Secretario y Gran Tesorero una lista confiable de
todos sus miembros cotizantes; y las logias bajo patente en y adyacentes a
Londres deberán pagar al Gran Tesoro un chelín por trimestre por cada hermano,
además de media guinea por cada nuevo miembro, pare el registro de su
nombre juntamente con la suma de un
chelín al Gran Secretario como su pago, y que esta contribución de un chelín
por cada miembro deberá hacerse trimestralmente en adelante.
XII.
Estará en las atribuciones del
Gran Maestre, o en su ausencia de los Grandes Past Masters, o en su
ausencia del Diputado Gran Maestre, o en
su ausencia de los Past Diputados Gran
Maestre, o en su ausencia de los Grandes Vigilantes, convocar y mantener
Grandes Logias de Emergencia cuando el bien del Oficio, a su juicio, asi lo
requiera.
XIII.
Como la
Gran Logia será reunida anualmente en el primer miércoles de septiembre , la
Gran Logia deberá elegir un Gran Maestre por el año siguiente ( que
nominará y designará a su propio Diputado Gran Maestre , Grandes
Vigilantes y Secretario) y además
nominará tres personas confiables e
idóneas para cada uno de los Oficios de
Tesorero, Capellán y Portador de la Espada, aparte de lo cual, el Gran Maestre deberá en el primer miércoles del mes de
diciembre, elegir y designar uno por cada uno de dichos oficios; y en la
fiesta de San Juan Evangelista, o en el día que le siga, u otro que decida el
Gran Maestre, deberá mantener una Gran Logia para la solemne instalación de los
dichos Grandes Oficiales según la antigua costumbre.
XIV.
Deberá además realizarse un
festival masónico en el aniversario de la Fiesta de San Juan Bautista
, o de San Jorge, o tal otro día que
elija el Gran Maestre, dedicado al amor fraternal y el descanso, a la cual
todos los Maestros Masones regulares podrán tener acceso, proveyéndose de los
tickets en poder de los Grandes Stewards
designados para conducirla.
XV.
Después del día de la ReUnión, como se dijo
antes, y después de haberse comprobado que las obligaciones, formas, regulaciones, trabajo e instrucción sean universalmente
establecidas, se tomaran con rapidez todos los pasos para que todos los
miembros de cada logia sean obligados en todos los grados según la forma
reconocida y adoptada por el Gran Maestre, Past Grandes Maestres, Grandes
Oficiales, y Representantes de las
logias en el dia de la Re- Unión. Y
para ese propósito los mas confiables y expertos Maestros Masones designados,
como se dijo, deberán visitar y atender las distintas logias, , dentro de los
edictos de Mortalidad, en rotación, dividiéndose en grupos de no menos de tres
por cada una, para la gran tarea, debiendo asistir a los Maestros y Vigilantes
para promulgar e imponer el sistema puro e inmaculado, y que esa perfecta
reconciliación, , unidad de obligación, , ley, trabajo, lenguaje, y vestimenta,
pueda ser felizmente restaurada en el Oficio inglés.
XVI.
Cuando el Maestro y los
Vigilantes de una logia bajo patente reporten, a su satisfacción, que los
miembros de tal logia han tomado la obligación y convenido en la uniformidad del trabajo, vestimenta & c, entonces el Muy
Respetable Gran Maestre sellará su carta patente con el nuevo sello y la logia
deberá ser considerada regular y con todos los privilegios del Oficio: un
cierto término será permitido ( a ser fijado por la
Gran Logia), para establecer esta
uniformidad, y todos los procedimientos
constitucionales de una logia regular,
deberán tener lugar entre la fecha de la Unión y el término designado, y será considerada
válida a condición que tal logia se
conforme a las regulaciones de la Gran Logia
dentro del término designado y significa será tomado para establecer la
regularidad y la uniformidad de las
Grandes Logias Provinciales, logias militares, y logias sostenidas por las dos
Grandes Logias en cualquier parte, y estará en las atribuciones de la
Gran Logia, adoptar las medidas mas
efectivas para el establecimiento de esta unidad de doctrina a través de toda
la comunidad de masones, y declarar que las cartas patentes habrán perdido su
validez, si las medidas propuestas son resistidas o descuidadas.
XX.
Un plan con reglas y
reglamentos para la solemnidad de la Unión, deberá ser preparado por los que suscriben,
previo al festival de San Juan que deberá ser observado en la debida forma en
esa ocasión.
XXI.
Deberá hacerse una revisión de
todas las reglas y reglamentos ahora establecidos y en el cuerpo de las dos
fraternidades, y un código de leyes para la participación de la
Gran Logia y las logias individuales, y en
general, para el mejor gobierno del Oficio deberá ser preparado un nuevo Libro
de las Constituciones, que será compuesto e impreso bajo la supervisión de los
Grandes Oficiales, y con la sanción de la
Gran Logia.
……………………………………………………………………………………
Dado en el Palacio de Kensington,
el día 25 de noviembre en el año de Nuestro Señor de 1813, y de la masonería,
de 5813.
Augustus
Frederick GM. L.s. Edward, GM. Ls.
Waller
Rodwell Wright,
PGM Ionian
Isles
Thomas Harper, DGM. Ls
Arthur
Tegart, PGW , Ls. James Perry,
PDGM, Ls
James Deans
PGW, Ls
James Agar, PDGM, Ls
En la Gran Logia,
en este primer dia En la
Gran Logia el primer día de
de diciembre, AD. 1813, ratificado diciembre, AD. 1813,
ratificado
y confirmado y estampado con el sello y confirmado y estampado con el
sello
de la Gran Logia.
de la Gran Logia
Augustus Frederick
GM
Edgard, GM.
Gran
Sello
Gran Sello
William H.
White, GS.
Robert Leslie. GS
................................................................................................................
No hay comentarios:
Publicar un comentario