jueves, 3 de mayo de 2012

EL MISTERIO DE LORD BLANEY, GRAN MAESTRE DE LOS MODERNOS Y LA CREACIÓN DEL GRAN CAPÍTULO REAL ARCO. UN FRAUDE PIADOSO.

Próxima entrada de la Imprenta de Benjamín: domingo 13 de mayo.
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Extractado de la reciente publicación en la revista Freemason Today.

 Título original:  THE LORD BLAYNEY MYSTERY
Por John Hamill
Publicado en Freemasonry Today, 19 abril de 2012.
http://www.freemasonrytoday.com/ugle-sgc/supreme-grand-chapter/ite...
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Se acerca el bicentenario de la inclusión del Capítulo Real Arco en la “ Pura y antigua masonería”, ( 1813- 2013). John Hamill examina un misterio detrás de su formación

El 22 de julio de 1766, el primer Gran Capítulo en el mundo llegó a la existencia cuando los miembros de un capítulo independiente de Londres decidieron elaborar lo que ahora se conoce como Charter of Compact ( Carta de Pacto), convirtiendo a su Capítulo en el Excelente Grande y Real Capítulo Real Arco, con Cadwallader, noveno Lord Blaney a la cabeza.

Sabemos de esto porque el libro de actas, que comienza con la reunión mantenida el 22 de marzo de 1765, aún se conserva.
Hasta hace relativamente poco, allá por los años cuarenta, los historiadores creían que el Gran Capítulo se había formado en 1767.
El misterio puede rastrearse hasta la propia Carta, que concluye con la siguiente declaración, firmada en la taberna ( Turk´s Head) cabeza de Turco de Gerrar Street, Soho, el 22 de julio de 1767.
Pero no fue hasta que el historiador J.R. Daswood examinó el documento en 1949, mientras preparaba un trabajo acerca del primer libro de actas del Gran Capitulo original, que se descubrió evidencia de manipulación de las actas.
Daswood comprobó que en la parte superior del documento, en el listado de los títulos y cargos de Lord Blaney, una mayúscula P ( por Past, pasado) había sido burdamente insertada antes de las palabras: Gran Maestre de Libres y Aceptados Masones.
Al final del documento, está igualmente claro que el digito final original del año vulgar fue raspado y sustituido en todos los casos  con un siete, excepto la fecha Anno Lucis (AL) donde el dígito final se modificó para que se pareciese  a un uno.

Nota del T:  En aquel entonces se agregaban 4004 años a la fecha vulgar para obtener la fecha AL,  así que para que diera 1767 + 4004= 5771, aparece raspado el cero de 5770 original  sustituido por un 1.

Una explicación sería que a pesar de que muchos de sus miembros principales estaban involucrados en el Real Arco, la Primer Gran Logia no se mostraba bien dispuesta y no lo reconocía como parte de su sistema básico.
Daswood arguía que podría haber aparecido como algo vergonzoso para ellos que su propio Gran Maestre, Lord Blaney fuera uno de sus miembros.
Como jefe de la Orden, Blaney  habría sido uno de los principales impulsores en convertir un capítulo privado en un cuerpo gobernante y ser a la vez el principal signatario del documento.
Para el 2 de julio de 1766, Blaney aún era el Gran Maestre, pero para el 22 de julio de 1767 ya se  había retirado de su oficio.
Dashwood afirma que las alteraciones se hicieron para sugerir que los eventos sucedieron cuando ya Blaney no era el Gran Maestre.
Tal teoría contaba con la aprobación general hasta 1998, cuando el Hermano Yasha Beresiner dictó una breve conferencias en el Supremo Gran Capítulo.
Se preguntaba si puesto que muchos hermanos se habían involucrado en el capítulo, tal vez la jerarquía de la primera Gran Logia podría haberse sentido avergonzada con los sucesos de julio de 1767.
Beresiner postulaba que era mas probable que se temiese que una vez que circularan las noticias de que un nuevo cuerpo masónico se formaba y con su Gran Maestre  a la cabeza! muchos miembros se hubieran apresurado a unirse a él.

UN FRAUDE PIADOSO

Otro misterio es el de las veinte firmas en la Carta que atestiguaban aceptar los términos del documento “ en el día y el año arriba escrito”.
 Dashwood describe esto como un  “fraude piadoso” y tenía buenas razones para ellos, pues de los veinte signatarios, solo el Conde Anglesey estuvo presente en el Capítulo ese 22 de julio de 1766, y eso por haber sido exaltado esa misma tarde.
Del resto, más de dos tercios no lo estaban a esa fecha. La mayoría lo fueron entre 1767 y 1769.
Aunque siempre es gratificante resolver un misterio, ¿realmente es de importancia en el esquema de las cosas que el documento fuera manipulado?
Lo que seguro es de importancia es que los eventos de julio de 1766 tuvieron lugar y dieron nacimiento al Excelente Grande y Real Capítulo, habilitando a que miembros de la primera Gran Logia llegaran a pertenecer al Real Arco.
De no haber existido, podría haberse argumentado que los “antiguos” no contaban con el número suficiente como para persuadir a la primera Gran Logia en las negociaciones tendientes a la unión de las dos Grandes Logias en 1813 y aceptar al Real Arco como una parte de esa “ pura y antigua masonería”.

Termina diciendo el autor:

“De no haber sucedido no tendríamos el lazo indisoluble entre el Oficio y el Real Arco, y, muy importante, no habría razón para que en octubre de 2013 celebráramos su bicentenario”
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A continuación una traducción aproximada de la Carta de Pacto donde se resaltan las cifras alteradas.

LA CARTA DE PACTO (Chart of Compact)


En el vigésimo segundo día de julio, en el año del Nacimiento de la Virtud 5 \ 3 \ 7 \ 9 \ ( A.L. 5770). A.D. 1766.
DESDE EL ORIENTE MAS ESCLARECIDO
EN- EL NOMBRE-DEL GRAN ARQUITECTO- DEL UNIVERSO
A todos los Iluminados- Admitidos- Pasados-Ascendidos- y Exaltados, y a todos los reunidos bajo la Bóveda Celeste, SALUD, PAZ y UNION.
Nos, el Muy  Honorable y Muy Venerable  Cadwallader  Lord Blayney, Barón Blayney de Monaghan en el Reino de Irlanda, Lord Teniente y Custos Rotulorum del mismo Condado, y Mayor General en el servicio de Su Majestad,  (P) Gran Maestre de Libres y Aceptados Masones, y también  Muy Excelente Gran Maestre del Real Arco de Jerusalén, enviamos nuestro saludo.
Mientras que nosotros tenemos principalmente en el corazón el hacer todo lo que esté en nuestro Poder para promover el honor, la dignidad, la preservación y el Bienestar del Arte Real en general, así como de todos los hermanos dignos, en particular, y también para ampliar las ventajas derivadas de las mismas a cada ser creado, según el diseño original de esta institución Celestial: en primer lugar planeado y fundado en la Ética, y de incluir en su Gran Esquema todo gran Arte, la Ciencia y el Misterio que la Mente del Hombre en este sublunar Estado sea capaz de comprender y CONSIDERANDO que habiendo debidamente aprobado el Real Arco, se encuentran nuestros muy queridos y Muy Excelentes Hermanos, James Galloway, John M'Lean, Thomas Dunckerley, Francisco Flores, John Allen, John Brooks, Thomas French y Charles Taylor y el resto de nuestros Excelentes Compañeros del Respetable Capítulo en el lugar de la Taberna Cabeza de Turco en Gerrard Street, Soho, en el condado de Middlesex, no sólo siendo Maestros Perfectos en todos los grados del Arte Real en su parte operativa, sino también, por su estudio y trabajo de haber hecho avances considerables en las partes ESPECULATIVAS o verdaderamente Sublimes y Más Excelsas del mismo y siendo  que nuestros Muy Excelentes Compañeros nos han solicitado entrar en Pacto con ellos y concederles  nuestra Carta de Institución y  Protección a la que hemos prestamente  acordado, AHORA  SABED que en consideración de las Premisas, y para los Fines mencionados HEMOS Instituido y Erigido, por y con el consejo, el consentimiento y concurrencia de los dichos Nuestros  Muy Excelentes Compañeros , en  Capítulo pleno reunido (con su testimonio  firmado y el sellado) Hemos para tales presentes por nuestra ley ,Instituido y Erigido a los dichos Nuestros  Muy Excelentes  Hermanos y Compañeros, James Galloway, John McLean, Thomas Dunckerley, Francisco Flores, (1) John Brooks,  Thomas French y Charles Taylor, y sus Oficiales Sucesores  por el tiempo que sea, del Grande y Real Capítulo conjuntamente con nosotros mismos y nuestro Sucesor Muy Excelente Gran Maestre, desde el tiempo hasta el tiempo y en todo momento en lo sucesivo, para formar y ser, el Grande y Real Capítulo del Real Arco de Jerusalén, dando por medio de la presente, concesión para ratificar y confirmar a ellos y sus sucesores en todos los derechos, privilegios, dignidades, insignias y prerrogativas que desde tiempo inmemorial han pertenecido y que pertenecen a los exaltados a este Mas Sublime Grado, con plenos poderes y autoridad absoluta de tiempo al tiempo como ocasiones se requieran y que se encuentren convenientes para mantener y convocar a los Capítulos y otras Asambleas adecuadas para la realización de la mejor la promoción de dicho trabajo benévolo y útil.
 Y también para admitir, pasar y exaltar en su debida forma y de acuerdo con los ritos y ceremonias de Tiempo inmemorial utilizada y aprobado en y por el grado más elevado y sagrado, y como ahora se practica por ellos, todos los Maestros masones  experimentados y discretos tal y como dignamente parecen.
Y  ADEMÁS, hago, garantizo, ratifico y confirmo  a Nuestros dichos Muy  Excelentes Hermanos y Compañeros y sus Sucesores, Oficiales de nuestro dicho Grande y Real Capitulo Real , por el tiempo que sea, con pleno y absoluto Poder y Autoridad en Conjunción con Nosotros o Nuestros Muy Excelentes Diputados por el tiempo que sea, para hacer y confirmar las Leyes, Decretos y Ordenanzas para la mejor realización y la regulación de dicho Muy Excelente y Sublime Grado en todo el Globo, así como de su dicho Grande y Real Capítulo y de Tiempo al Tiempo para alterar y derogar las mismas Leyes, Ordenes y Ordenanzas para que ellos y sus sucesores puedan hacer cumplir; Y también para Constituir, Supervisar y Regular los demás Capítulos dondequiera que se encuentren  y nos parezca a nosotros, a nuestros Diputados y a los dichos Nuestros Grandes Oficiales  y Sus Sucesores, por el tiempo que sea; revisado se declaró concluido y acordado por y entre Nosotros y nuestros  dichos Muy Excelentes Compañeros , James Galloway, John McLean, Thomas Dunckerley, Francis Flower, John Allen, John Brooks, Thomas French y Charles Taylor, los dichos Muy Excelente Grandes Oficiales. Omisión 1. El nombre de John Allen habría que insertarlo aquí
Y  en prueba de testimonio que nosotros y los dichos Muy Excelentes Grandes Oficiales damos por nosotros mismos y solidariamente, respectivamente, y para Nuestros Sucesores respectivamente, el Muy Excelente Gran Maestre, y  los dichos Muy Excelentes Grandes Oficiales del dicho Gran y Real Capítulo del Real Arco de Jerusalén en la forma y manera siguiente, es decir:
 PRIMERO, que el Muy Excelente Diputado Gran Maestre  presidirá y tiene la Capacidad y Autoridad en ausencia del Muy Excelente Gran Maestre.
SEGUNDO, que la joyas usadas o para usar de vez en cuando por el Muy Excelente Gran Maestre, Muy Excelente Diputado Gran Maestre y Grandes Oficiales deberán ser de la forma y figura, y llevarán la misma inscripción como se expone en el margen del presente Decreto y que la misma Joya, omitiendo sólo el Sol, el Compás y el Globo, la llevarán los dos Escribas y tres S: N: R: S: y también  las joyas que llevan el resto de los Excelentes Compañeros salvo que ellas
 no llevarán el Triángulo & c. en su centro .
TERCERO,  que cada Compañero usará de acuerdo a la costumbre antigua un delantal indentado de carmín y la insignia apropiadamente exhibida y también la  cinta o banda indentada de esta Orden
CUARTO , que el Sello Común de este Gran y Real  Capítulo deberá llevar la misma impresión que las Joyas usadas por los Muy Excelentes Grandes Oficiales .
 
QUINTO, que por cada Carta de Constitución que vaya concederse por y desde este Grande y Real Capítulo, se ingresará en el Fondo Común de éste, en por lo menos la suma de diez guineas.
SEXTO, que nadie, sino Maestros Masones, discretos y con experiencia,  recibirán la exaltación a este Sublime Grado en este o en cualquier otro Capítulo que en lo sucesivo pueda ser debidamente constituido, ni hasta que hayan sido debidamente propuestos por lo menos en un Capítulo la noche anterior, ni a menos de ser balotados y que en esa votación no deberá aparecer una balota negativa o negra.
SÉPTIMO,  que cada persona que se exalte pagará, como mínimo la suma de cinco guineas en el Fondo Común del Capítulo en el que recibirá exaltación; para permitir a sus Compañeros llevar los asuntos y apoyar la dignidad del mismo.
OCTAVO, que nadie que se llame a sí mismo Mason del Real Arco, se considerará otra cosa que Maestro en Masonería Operativa; ni será recibidos en cualquier Capítulo regular del Real Arco o permitido cosechar o disfrutar de cualquiera de los beneficios, dignidades o enseñas del Muy Excelente Grado, con excepción los que hayan recibido o en el futuro o puedan recibir la exaltación en este Gran y Real Capítulo, o en algún Capítulo a ser garantizado y Constituido por nosotros, o nuestros Sucesores,  Muy Excelentes Grandes Oficiales de dicha manera; y excepto los que vienen de allende los mares, o que obtengan los certificados de Adopción de este nuestro Grande y Real Capítulo, por cuyo certificado se pagará al Fondo Común de la suma de al menos una de Guinea.
NOVENO, que habrá un Capítulo General de Comunicación de los Excelentes Compañeros de este Grande y Real Capítulo con todos los demás Capítulos que estén o puedan en lo sucesivo estar bajo su Protección y garantizados por el mismo como se ha dicho, sobre, o tan cerca como pueda ser convenientemente a la Fiesta Anual de San Juan Evangelista, o tan a menudo cuando la ocasión lo exija y que se encuentre conveniente, a los fines de la realización, la promoción y el buen orden de este Sublime Grado , y los asuntos del mismo en la forma que de vez en cuando se encuentre más conveniente.
DÉCIMO , Que en la dicha fiesta de San Juan Evangelista, o el Capítulo General de Comunicación que se celebre cerca de tal fiesta, el Muy Excelente Gran Maestro , Muy Excelente Diputado Gran Maestro y los otros Muy  Excelentes Grandes Oficiales del Grande y  Real Arco de Jerusalén, serán designados y elegidos:  esa elección se hará por mayoría de los Compañeros presentes en Capítulo General en votación por balotas.
Y ULTIMO, que los Grandes Oficiales designados y elegidos deben continuar al servicio y estar en el Oficio por el año siguiente: a menos que algunos o uno de ellos decline, en cuyo caso, o en el de fallecimiento de cualquiera de ellos lo hiciese necesario, un Capítulo General Especial será llamado para una Elección para suplir su lugar o lugares. EN FE DE LO CUAL, Nosotros el dicho Muy Gran Maestre, y la mayoría de los Muy Excelentes Grandes Oficiales aquí solidariamente firmamos  nuestros nombres y ponemos nuestros Sellos en el Capítulo completo reunido para este fin en la Taberna  Cabeza de Turco, Gerrard Street, Soho,  este vigésimo segundo día de julio, en el año del Nacimiento de la Virtud 5 \ 3 \ 7 \ 9 \ ( A.L. 5770). A.D. 1766.
En testimonio de nuestra libre aceptación y perfecto acuerdo con esta Carta de Institución y Protección arriba escrita, y las Normas y Ordenanzas prescriptas. Nosotros, los restantes  Excelentes Compañeros de este Muy Excelente Grande y Real Capitulo, hemos firmado nuestros Nombres el día y el año antes escrito.                                            
 Blaney;         James Galloway
John Maclean;     Anglesey
 Thos. Dunckerley;   Fras. Flower E:S
 J. Allen N;   John Brooks P.S.
Tho. French S.                      Thos. Morgan
Chas.Taylor S.                      Jas. Heseltine
Henry Chittick                      William Guest 
G. Borradale                          Ro: Simpkinson
John Turner                            Rowland Holt
W. Ross                                 J.P.Pryse
Robert Kellie                         Jn°. Hatch
John Derwas                         Lewis Masquerier
Samuel Way                          David Hughes
R. Berkeley                          John Bewley Rich      
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